Descargar Archivo: lEY 1045 (48.05 KB)
LEY N° 1045
QUE DISPONE EL OTORGAMIENTO Y LA RENOVACION GRATUITA DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Y DEL CERTIFICADO DE NACIMIENTO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Disponer el otorgamiento y la renovación gratuíta de la cédula de identidad y del certificado de nacimiento de los ciudadanos que hayan cumplido diecisiete años de edad en adelante, durante el año 1997.
Artículo 2º.- En las dependencias encargadas de la expedición de estos documentos, se fijarán carteles que indiquen lo establecido en el artículo anterior.
Artículo 3º.- El Poder Ejecutivo proveerá los fondos necesarios, provenientes del Presupuesto General de la Nación.
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados, a dieciocho días del mes de diciembre del año un mil novecientos noventa y seis, y por la H. Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a diez días del mes de abril del año un mil novecientos noventa y siete.