Leyes Paraguayas

Ley Nº 2619 / AUMENTA PENSIÓN GRACIABLE A LA SEÑORA MERCEDES VELÁZQUEZ VDA. DE SOLÍS



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LEY N° 2.619
QUE AUMENTA  PENSIÓN GRACIABLE A LA SEÑORA MERCEDES VELÁZQUEZ VDA. DE SOLÍS.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Auméntase a G. 1.000.000 (Guaraníes un millón) mensuales, la pensión graciable concedida a la señora Mercedes Velázquez Vda. de Solís.
Artículo 2º.-  Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3°.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4°.-  Derógase el Artículo 54 de la Ley N° 425 del 12 de octubre de 1994.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. 
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a catorce días del mes de abril del año dos mil cinco, y por la Honorable Cámara de Senadores, a dos días del mes de junio del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002619






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