Descargar Archivo: Ley N° 4346 (42.78 KB)
Descargar Archivo: Ley N° 4346 (42.78 KB)
LEY N° 4.346
QUE CREA CINCO NUEVOS REGISTROS PÚBLICOS NOTARIALES CIVILES Y COMERCIALES EN EL DEPARTAMENTO CAAGUAZÚ.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Créase cinco nuevos Registros Públicos Notariales Civiles y Comerciales en el Departamento Caaguazú, específicamente para los siguientes Distritos: Vaquería, Yhú, San Joaquín, Raúl Arsenio Oviedo y Repatriación.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil diez, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil once, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.