Leyes Paraguayas

Ley Nº 3190 / MODIFICA Y AMPLIA LA LEY N° 2839/05



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LEY Nº 3190
QUE MODIFICA Y AMPLIA LA LEY N° 2839/05
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Modifícase el texto del inciso c) del Artículo 1° de la Ley N° 2839/05 y amplíase el mismo artículo en el inciso d), cuyos textos quedan redactados como sigue:
“c) cancelar los saldos de las deudas de los adjudicatarios originarios de los proyectos habitacionales de “Villa Madrid”, Fases I, II, III, y IV; “Villa Reina Sofía”; “Villa San Francisco”; “Villa Cuenca”, y “Villa Koe’yu Europa”, emprendimientos realizados por el Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI), conjuntamente con Obras Sociales Salesianas del Paraguay; y,
d) los beneficiarios del SHD de los proyectos citados, que hayan incumplido con el requisito legal de la ocupación efectiva sin la debida y comprobada justificación, no podrán acogerse a los beneficios de esta Ley. El Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI) regularizará las ocupaciones precarias y su posterior readjudicación de las viviendas abandonadas a sus actuales ocupantes quienes podrán ser beneficiados con lo dispuesto en la Ley N° 1875/02.” 
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a quince días del mes de marzo del año dos mil siete, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a  doce días del mes de abril del año dos mil siete, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204, de la Constitución Nacional.

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