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LEY N° 5.884
QUE DECLARA EL 20 DE MAYO COMO DIA NACIONAL DE INCLUSION LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.° Declárase el 20 de mayo de cada año como “Día Nacional de Inclusión Laboral de las Personas con Discapacidad”.
Artículo 2.° Encomiéndase a las autoridades del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Ministerio de Educación y Ciencias, de la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS), y demás organizaciones de la sociedad civil, representaciones diplomáticas y las organizaciones internacionales con sede en la República, a su promoción e implementación.
Artículo 3.° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil diecisiete, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintiún días del mes de agosto del año dos mil diecisiete, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.