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LEY N° 4855
QUE CONCEDE NACIONALIDAD PARAGUAYA HONORARIA AL REVERENDO ANTONIO TRENTO, SACERDOTE CATOLICO LLAMADO “PADRE ALDO”
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
LEY
Artículo 1º.- Concédese la nacionalidad paraguaya honoraria al Reverendo Antonio Trento, Sacerdote Católico, llamado “Padre Aldo”, natural de Sovramonte – Italia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 151 de la Constitución Nacional.
Artículo 2º.- Promulgada esta Ley, el Presidente del Congreso Nacional entregará al beneficiario una copia de la misma en un acto público y con la solemnidad del caso.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veinte días del mes de setiembre del año dos mil doce, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a once días del mes de diciembre del año dos mil doce, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.