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LEY N° 1.342
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA DELIA SARA GONZALEZ VDA. DE GIMENEZ
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
LEY
Artículo 1°.- Concédese pensión graciable de G. 300.000 (guaraníes trescientos mil) mensuales, a la señora Delia Sara González Vda. de Giménez, esposa del excombatiente de la Guerra del Chaco Asp. Oficial Juan Giménez.
Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta ley serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Sub-Secretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3°.- La beneficiaria con la presente ley no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veintitrés días del mes de junio del año un mil novecientos noventa y ocho, y por la Honorable Cámara de Diputados, a diecisiete días del mes de setiembre del año un mil novecientos noventa y ocho, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.