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LEY N° 6096
QUE CREA LA UNIVERSIDAD POLITECNICA TAIWÁN - PARAGUAY
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Créase la Universidad Politécnica Taiwán - Paraguay, conformada por el Gobierno de la República de China (Taiwán) y el Gobierno de la República del Paraguay, como entidad pública que adecuará su funcionamiento a las normas establecidas en la Ley N° 4995/13 “DE EDUCACIÓN SUPERIOR” y demás normas pertinentes, en el marco del "CONVENIO PARA COOPERACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA CULTURA, LA EDUCACIÓN, LAS CIENICAS Y EL DEPORTE", suscripta entre la República del Paraguay y la República de China (Taiwán), aprobado por Ley N° 4022/10.
Artículo 2°.- En virtud de la Ley N° 4022/10 “QUE APRUEBA EL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHINA (TAIWÁN) PARA COOPERACIÓN EN LOS ÁMBITOS DE LA CULTURA, LA EDUCACIÓN, LAS CIENCIAS Y EL DEPORTE”, suspéndase la aplicación de los Artículos 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de la Ley N° 4995/13 “DE EDUCACIÓN SUPERIOR”.
Artículo 3°.- Una vez promulgada la presente Ley, se remitirán los antecedentes administrativos y académicos de la “Universidad Politécnica Taiwán - Paraguay”, al Consejo Nacional de Educación Superior, a los fines de su toma de razón, y se dé cumplimiento a las condiciones y requisitos establecidos en la Ley N° 4995/13 “DE EDUCACIÓN SUPERIOR”.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a diez días del mes de mayo del año dos mil dieciocho, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a veintitrés días del mes de mayo del año dos mil dieciocho, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.