Leyes Paraguayas

Ley Nº 53 / DECLARA MONUMENTO HISTORICO NACIONAL, AL TEMPLO DE LA "ENCARNACION" UBICADA EN LA CIUDAD DE ASUNCION.


LEY  Nº 53
QUE DECLARA MONUMENTO HISTORICO NACIONAL, AL TEMPLO DE LA "ENCARNACION" UBICADA EN LA CIUDAD DE ASUNCION.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Declárese Monumento Histórico Nacional al Templo de "La Encarnación", ubicada en la ciudad Capital.
Artículo 2º.- El Ministerio de Educación y Culto, a través de la Dirección de Bienes Culturales implementará el apoyo necesario para su óptima conservación, trabajando en forma conjunta con el Arzobispado de Asunción.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado por la H.Cámara de Diputados a ocho días del mes de setiembre del año un mil novecientos noventa y dos y por la H. Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a un día del mes de octubre del año un mil novecientos noventa y dos.

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