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LEY N° 404
QUE CREA LA UNIVERSIDAD EVANGELICA DEL PARAGUAY
EL CONGRESO DE LA NACION SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Créase la UNIVERSIDAD EVANGELICA DEL PARAGUAY, entidad privada que funcionará bajo la responsabilidad de la Convención Evangélica Bautista del Paraguay, Institución con Personería Jurídica reconocida por Decreto del Poder Ejecutivo No. 30.398 de fecha 5 de diciembre de 1967.
Artículo 2°.- La UNIVERSIDAD EVANGELICA DEL PARAGUAY adecuará su funcionamiento a las normas establecidas en la Ley No. 136/93, "De Universidades".
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el veintiséis de mayo del año un mil novecientos noventa y cuatro y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley el dieciocho de agosto del año un mil novecientos noventa y cuatro.