Leyes Paraguayas

Ley Nº 4132 / APRUEBA LOS CONTRATOS DE PRESTAMOS Nºs. 2163/OC-PR POR US$ 37.600.000; Y 2164/BL-PR POR US$ 28.000.000, CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA NACIONAL DE CAMINOS RURALES SEGUNDA ETAPA, FASE II, SUSCRITOS CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) EL 25 DE SETIEMBRE DE 2009, QUE ESTARA A CARGO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES (MOPC); Y AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010, APROBADO POR LEY Nº 3964 DEL 20 DE ENERO DE 2010



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​LEY Nº 4132
QUE APRUEBA LOS CONTRATOS DE PRESTAMOS Nºs. 2163/OC-PR POR US$ 37.600.000; Y 2164/BL-PR POR US$ 28.000.000, CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA NACIONAL DE CAMINOS RURALES SEGUNDA ETAPA, FASE II, SUSCRITOS CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) EL 25 DE SETIEMBRE DE 2009, QUE ESTARA A CARGO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES (MOPC); Y AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010, APROBADO POR LEY Nº 3964 DEL 20 DE ENERO DE 2010
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE 
LEY
Artículo 1º.- Apruébanse los Contratos de Préstamos Nºs. 2163/OC-PR, por US$ 37.600.000 (Dólares de los Estados Unidos de América treinta y siete millones seiscientos mil); y 2164/BL-PR por US$ 28.000.000 (Dólares de los Estados Unidos de América veintiocho millón), correspondientes al Programa Nacional de Caminos Rurales Segunda Etapa, Fase II, suscritos con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el 25 de setiembre de 2009, que estará a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 2°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Administración Central (Tesorería General y Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones), correspondiente al Ejercicio Fiscal 2010, por un monto total de G. 28.269.468.901 (Guaraníes veintiocho mil doscientos sesenta y nueve millones cuatrocientos sesenta y ocho mil novecientos uno), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 3º.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para la Administración Central correspondiente al Ejercicio Fiscal 2010, por un monto total de G. 28.269.468.901 (Guaraníes veintiocho mil doscientos sesenta y nueve millones cuatrocientos sesenta y ocho mil novecientos uno), que afectará al Presupuesto vigente del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 4º.- Apruébase la presente Ley con excepción a lo dispuesto en los Artículos 13 y 14 de la Ley Nº 3964/10 “QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010”.
Artículo 5º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los anexos y detalles de la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario vigente, a las técnicas de programación de ingresos, gastos y financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y/o ejecución presupuestaria.
Artículo 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada el proyecto de ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil diez, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los cinco días del mes de octubre del año dos mil diez, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional. 

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