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LEY N° 2.198
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LIMPIO A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO – MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 12862, PARA ASIENTO DE LA ESCUELA GRADUADA N° 15247 “SAN MARCOS”.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Limpio a transferir a título gratuito a favor del Estado Paraguayo – Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble individualizado como parte de la Finca N° 12862 Distrito de Limpio, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo el N° 1 al folio 1 y siguientes del 7 de diciembre de 1995, destinada originalmente para efidicio público, situado en el lugar denominado “Surubi’í” del citado municipio, para asiento de la Escuela Graduada N° 15247 “San Marcos”, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: Mide 30,00 m. (treinta metros) y linda con el resto de la fracción destinada para edificios públicos;
AL SUR: Mide 30,00 m. (treinta metros) y linda con el lote N° 2 de la Manzana 16;
AL ESTE: Mide 73,10 m. (setenta y tres metros con diez centímetros) y linda con la urbanización Costa Azul; y
AL OESTE: Mide 73,10 m. (setenta y tres metros con diez centímetros) y linda con calle pública existente.
SUPERFICIE: 2.193,00 m2 (DOS MIL CIENTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veintinueve días del mes de mayo del año dos mil tres, y por la Honorable Cámara de Senadores, a treinta y un días del mes de julio del año dos mil tres, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1 de la Constitución Nacional.