Descargar Archivo: Ley N° 5460 (37.03 KB)
LEY N° 5.460
QUE DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA E INTERÉS SOCIAL Y AUTORIZA AL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT), A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DE LA JUNTA DE SANEAMIENTO PASIÑO SEGUNDA ZONA 6 DE ENERO – SAN ISIDRO, UNA FRACCIÓN DE INMUEBLE, UBICADA EN EL DISTRITO DE YBY YAÚ, DEPARTAMENTO CONCEPCIÓN.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1.° Declárase de utilidad pública e interés social y autorízase al Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT), a transferir a título gratuito a favor de la Junta de Saneamiento Pasiño Segunda Zona 6 de enero – San Isidro, con Personería Jurídica N° 9884/12, una fracción de inmueble individualizada como Lote 21-A, ubicada en el Distrito de Yby Yaú, Departamento Concepción, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
LADO 1-2: Con rumbo N 83° 17’ 25” E (Norte, ochenta y tres grados, diecisiete minutos, veinticinco segundos, Este), mide 20 (veinte metros), linda con calle;
LADO 2-3: Con rumbo S 6° 42’ 35” E (Sur, seis grados, cuarenta y dos minutos, treinta y cinco segundos, Este), mide 20 m (veinte metros), linda con el Lote 22;
LADO 3-4: Con rumbo S 83° 17’ 25” W (Sur, ochenta y tres grados, diecisiete minutos, veinticinco segundos, Oeste), mide 20 m (veinte metros), linda con el Lote 21; y,
LADO 4-1: Con rumbo N 6° 42’ 35” W (Norte, seis grados, cuarenta y dos minutos, treinta y cinco segundos, Oeste), mide 20 m (veinte metros), linda con el Lote 21.
SUPERFICIE: 400 m2 (CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS).
Las coordenadas de los vértices 1 y 2 corresponden a la Proyección UTM, WGS 84, Zona 21 J.
Vértice 1: E = 554.848; N = 7.442.541
Vértice 2: E = 554.868; N = 7.442.543
Artículo 2.° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil quince, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los ocho días del mes de julio del año dos mil quince, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.