Leyes Paraguayas

Ley Nº 2766 / CONCEDE PENSIÓN GRACIABLE AL SEÑOR JUAN DE ROSA SÁNCHEZ GAVILÁN, EXPONENTE DE LA MÚSICA FOLKLÓRICA NACIONAL



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LEY N° 2.766
QUE CONCEDE PENSIÓN GRACIABLE AL SEÑOR JUAN DE ROSA SÁNCHEZ GAVILÁN, EXPONENTE DE LA MÚSICA FOLKLÓRICA NACIONAL.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Concédese pensión graciable de  G. 1.000.000 (Guaraníes un millón) mensuales, a favor del señor Juan De Rosa Sánchez Gavilán, exponente de la música folklórica nacional. 
Artículo  2º.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones,  dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.  
Artículo 3º.- El beneficiario de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a siete días del mes de julio del año dos mil cinco, y por la Honorable Cámara de Senadores, a seis días del mes de octubre del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002766






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