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LEY N° 2.728
QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2005, APROBADO POR LEY N° 2.530, DE FECHA 30 DE DICIEMBRE DE 2004 – INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Apruébase la ampliación de los ingresos en el Instituto Nacional de Cooperativismo, por un monto de G. 367.140.965 (Guaraníes trescientos sesenta y siete millones ciento cuarenta mil novecientos sesenta y cinco), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación de los Créditos Presupuestarios para las Entidades Descentralizadas, que afecta al Presupuesto 2005 del Instituto Nacional de Cooperativismo, por un monto de G. 367.140.965 (Guaraníes trescientos sesenta y siete millones ciento cuarenta mil novecientos sesenta y cinco), de acuerdo al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a cuatro días del mes de agosto del año dos mil cinco, y por la Honorable Cámara de Senadores, a quince días del mes de setiembre del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.