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LEY Nツー 2125
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA OSQUI MISERLIAN CALUSTIAN VDA. DE RIQUELME
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artテュculo 1ツー.- Aumテゥntase a Gs. 300.000 (trescientos mil guaranテュes) mensuales, la pensiテウn graciable concedida a favor de la Seテアora Osqui Miserlian Calustian Vda. de Riquelme, esposa del funcionario pテコblico Miguel Angel Riquelme.
Artテュculo 2ツコ.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiテウn dispuesta en esta Ley, serテ。n proveテュdos por la Direcciテウn General del Tesoro a la Direcciテウn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretarテュa de Estado de Administraciテウn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Cテウdigo presupuestario vigente.
Artテュculo 3ツコ.- La beneficiaria de esta pensiテウn no podrテ。 acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artテュculo 4ツコ.- Derテウgase el Artテュculo 10 de la Ley Nツー 129/91.
Artテュculo 5ツコ.- Comunテュquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cテ。mara de Senadores, a veintisテゥis dテュas del mes de diciembre del aテアo dos mil dos, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cテ。mara de Diputados, a veintinueve dテュas del mes de mayo del aテアo dos mil tres, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 204 de la Constituciテウn Nacional.