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Descripción
Ley N° 2621 | Desafecta y transfiere a titulo oneroso a favor de ocupante un inmueble ubicado en el barrio Mbachió
LEY Nº 2.621
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LAMBARÉ A TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE SU ACTUAL OCUPANTE, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 4171, UBICADO EN EL BARRIO MBACHIÓ DEL CITADO MUNICIPIO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Lambaré a transferir a título oneroso a favor de su actual ocupante señor Roberto Cañete, un inmueble individualizado como lote N° 4 de la manzana VII, parte de la Finca N° 4171, con Cta. Cte. Ctral. N° 13-0575-04, dejado en concepto de plaza y edificios públicos en el loteamiento realizado por el señor Juan David Mussi, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, bajo el N° 1 y al folio 1 y siguientes del año 1996, ubicado en el barrio Mbachió del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: mide 12,00 m. (doce metros), linda con la calle Itapé;
AL SUR: mide 12,00 m. (doce metros), linda con el lote con Cta. Cte. Ctal. N° 13-0575-02;
AL ESTE: mide 35,00 m. (treinta y cinco metros), linda con el lote con Cta. Cte. Ctal. N° 13-0575-03; y,
AL OESTE: mide 35,00 m. (treinta y cinco metros), linda con el lote con Cta. Cte. Ctal. N° 13-0575-05.
SUPERFICIE: 420,00 m2 (CUATROCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- La suma obtenida por la venta del inmueble individualizado en el Artículo 1° de la presente Ley, será destinada exclusivamente para la adquisición de otro inmueble para espacio verde o plaza.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veintidos días del mes de marzo del año dos mil cinco, y por la Honorable Cámara de Senadores, a nueve días del mes de junio del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.