Leyes Paraguayas

Ley Nº 2451 / MODIFICA EL ARTICULO 66 DE LA LEY N° 861/96 GENERAL DE BANCOS, FINANCIERAS Y OTRAS ENTIDADES DE CREDITOS



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LEY N° 2451
QUE MODIFICA EL ARTICULO 66 DE LA LEY N° 861/96 “GENERAL DE BANCOS, FINANCIERAS Y OTRAS ENTIDADES DE CREDITOS”.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 66 de la Ley N° 861/96 “General de Bancos, Financieras y otras Entidades de Créditos”, que queda redactado de la siguiente forma:
“Art. 66.- Límites para operaciones con Warrants.
Facúltase al Directorio del Banco Central del Paraguay a establecer reglamentariamente los límites para las operaciones con Warrants de las Entidades Financieras sujetas a la Ley N° 861/96 “GENERAL DE BANCOS, FINANCIERAS Y OTRAS ENTIDADES DE CREDITOS”.”
Artículo 2°.- Quedan derogadas todas las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veintidos días del mes de julio del año dos mil cuatro, y por la Honorable Cámara de Senadores, a diecisiete días del mes de agosto del año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002451






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