Leyes Paraguayas

Ley Nº 4131 / APRUEBA EL CONVENIO DE PRESTAMO Nº 1297P PROGRAMA NACIONAL DE CAMINOS RURALES SEGUNDA ETAPA, FASE II, POR US$ 29.000.000 (DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA VEINTE Y NUEVE MILLONES) SUSCRITO CON EL FONDO DE LA ORGANIZACION DE LOS PAISES EXPORTADORES DE PETROLEO PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL (OFID), EL 6 DE OCTUBRE DE 2009, A CARGO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES (MOPC); Y AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010, APROBADO POR LA LEY Nº 3964 DEL 20 DE ENERO DE 2010



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LEY N° 4131
QUE APRUEBA EL CONVENIO DE PRESTAMO Nº 1297P PROGRAMA NACIONAL DE CAMINOS RURALES SEGUNDA ETAPA, FASE II, POR US$ 29.000.000 (DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA VEINTE Y NUEVE MILLONES) SUSCRITO CON EL FONDO DE LA ORGANIZACION DE LOS PAISES EXPORTADORES DE PETROLEO PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL (OFID), EL 6 DE OCTUBRE DE 2009, A CARGO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES (MOPC); Y AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010, APROBADO POR LA LEY Nº 3964 DEL 20 DE ENERO DE 2010
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Apruébase el Convenio de Préstamo Nº 1297P Programa Nacional de Caminos Rurales, Segunda Etapa, Fase II, por US$ 29.000.000 (Dólares de los Estados Unidos de América veinte y nueve millones) suscrito con el Fondo de la Organización de los Países Exportadores de Petróleo para el Desarrollo Internacional (OFID) el 6 de octubre de 2009, a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 2º.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Administración Central -Tesorería General y Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), correspondiente al Ejercicio Fiscal 2010, por un monto total de G. 5.337.493.780 (Guaraníes cinco mil trescientos treinta y siete millones cuatrocientos noventa y tres mil setecientos ochenta) conforme al Anexo que se adjunta y  forma parte de esta Ley.
Artículo 3º.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para la Administración Central correspondiente al Ejercicio Fiscal 2010, por un monto total de G. 5.337.493.780 (Guaraníes cinco mil trescientos treinta y siete millones cuatrocientos noventa y tres mil setecientos ochenta), que afectará al Presupuesto Vigente del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 4º.- Apruébase la presente Ley con excepción a lo dispuesto en los Artículos 13 y 14 de la Ley  Nº 3964/10 “QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010”.
Artículo 5º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los anexos y detalles de la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario vigente, a las técnicas de programación de ingresos, gastos y financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y/o ejecución presupuestaria.
Artículo 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a diecinueve días agosto dos mil diez, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a cinco días del mes de octubre del año dos mil diez, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional

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