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LEY N° 3992
QUE MODIFICA EL ARTICULO 24 DE LA LEY N° 2874/2006 “DEL DEPORTE”
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 24 de la Ley N° 2874/2006 “DEL DEPORTE”, quedando redactado como sigue:
“Art. 24.- Exonérase del pago de impuestos y autorízase el descuento en tasas municipales, a las entidades deportivas inscriptas en el Registro de Entidades Deportivas de la Secretaría Nacional de Deportes.”
“Art. 24.- Exonérase del pago de impuestos y autorízase el descuento en tasas municipales, a las entidades deportivas inscriptas en el Registro de Entidades Deportivas de la Secretaría Nacional de Deportes.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada el proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a cinco días del mes de noviembre del año dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a veinte días del mes de abril del año dos mil diez, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 207 numeral 2) de la Constitución Nacional.