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LEY N° 2.670
QUE CREA LA UNIVERSIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA DE LUQUE.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Créase la Universidad Técnica Pedagógica de Luque, entidad privada con Personería Jurídica, reconocida por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 2.603, de fecha 8 de marzo de 1994.
Artículo 2º.- La Universidad Técnica Pedagógica de Luque adecuará su funcionamiento a las normas establecidas en la Ley Nº 136/93 “De Universidades” y a la Ley Nº 1.264/98 “General de Educación”.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a diecisiete días del mes de mayo del año dos mil cinco, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veinticinco días del mes de agosto del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.