Descargar Archivo: Ley N° 3347 (50.05 KB)
Descripción
Ley N° 3347 | Concede aumento de pensión graciable a favor de Blanca Alicia Ojeda Gabaglio
​LEY N° 3.347
QUE AUMENTA PENSIÓN GRACIABLE A LA SEÑORA BLANCA ALICIA OJEDA GABAGLIO.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ArtÃculo 1º.- Auméntase a G. 1.000.000 (GuaranÃes un millón) mensuales, la pensión graciable concedida a favor de la señora Blanca Alicia Ojeda Gabaglio, con Cédula de Identidad Nº 199.363.
ArtÃculo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveÃdos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la SubsecretarÃa de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
ArtÃculo 3°.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
ArtÃculo 4°.- Derógase el ArtÃculo 9º de la Ley Nº 1124/85.
ArtÃculo 5°.- ComunÃquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los veintiocho dÃas del mes de junio del año dos mil siete, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los cuatro dÃas del mes de octubre del año dos mil siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el ArtÃculo 204 de la Constitución Nacional.