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LEY N° 3.198
QUE CREA LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ CON SEDE EN CORONEL OVIEDO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Créase la Universidad Nacional de Caaguazú con sede en la Ciudad de Coronel Oviedo, cuyo funcionamiento se regirá por la Ley N° 136 del 29 de marzo de 1993 “DE UNIVERSIDADES”, y la Ley N° 1.264 del 26 de mayo de 1998 “GENERAL DE EDUCACIÓN”.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil seis, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.