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DescripciĂłn
Ley N° 3957 | Reconoce al Instituto de odontologĂa avanzada como InstituciĂłn de EducaciĂłn Superior
âLEY NÂș 3957
QUE RECONOCE AL INSTITUTO âDE ODONTOLOGIA AVANZADAâ (IOA) COMO INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ArtĂculo 1°.- ReconĂłcese al Instituto âDE ODONTOLOGIA AVANZADAâ (IOA), como InstituciĂłn de EducaciĂłn Superior, que se regirĂĄ por la presente Ley, el ArtĂculo 79 de la ConstituciĂłn Nacional, la Ley N° 1264/98 âGENERAL DE EDUCACIONâ y las demĂĄs normas pertinentes.
ArtĂculo 2°.- FacĂșltase al Instituto de EducaciĂłn Superior âDE ODONTOLOGIA AVANZADAâ (IOA), a implementar planes y programas de estudios en el campo de la odontologĂa, y a expedir tĂtulo de postgrado.
ArtĂculo 3°.- ComunĂquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable CĂĄmara de Senadores, a un dĂa del mes de octubre del año dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, por la Honorable CĂĄmara de Diputados, a quince dĂas del mes de diciembre del año dos mil nueve, de conformidad a lo dispuesto en el ArtĂculo 204 de la ConstituciĂłn Nacional.