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LEY N° 4618
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CAMBYRETA A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 7802, LOTE N° 3, MANZANA “E”, UBICADO EN EL BARRIO SAN JUAN DEL CITADO MUNICIPIO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Desaféctese del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Cambyretá a transferir a título gratuito a favor del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, un inmueble individualizado como parte de la Finca N° 7802, Lote N° 3, Manzana “E”, ubicado en el Barrio San Juan del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
Al Norte: Mide 13,50 m (trece metros con cincuenta centímetros), linda con la calle 5;
Al Este: Mide 30,00 m (Treinta metros), linda con el Lote N° 2;
Al Sur: Mide 13,50 m (Trece metros con cincuenta centímetros), linda con el Lote N° 4; y,
Al Oeste: Mide 30,00 m (Treinta metros), linda con la calle N° 1.
SUPERFICIE: 405 m2 (CUATROCIENTOS CINCO METROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a tres días del mes de noviembre del año dos mil once, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a diecinueve días del mes de abril del año dos mil doce, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 204 de la Constitución Nacional.