Leyes Paraguayas

Ley Nº 5201 / DECLARA DE INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT), PARA SU POSTERIOR TRANSFERENCIA A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES, LOS INMUEBLES INDIVIDUALIZADOS COMO FINCA N° 168 PADRÓN N° 54, FINCA N° 169 PADRÓN N° 734 UBICADAS EN EL DISTRITO DE VILLARRICA Y LA FINCA N° 26 PADRÓN N° 281 DEL DISTRITO DE ITAPÉ DEL DEPARTAMENTO GUAIRÁ



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LEY N° 5.201
QUE DECLARA DE INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT), PARA SU POSTERIOR TRANSFERENCIA A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES, LOS INMUEBLES INDIVIDUALIZADOS COMO FINCA N° 168 PADRÓN N° 54, FINCA N° 169 PADRÓN N° 734 UBICADAS EN EL DISTRITO DE VILLARRICA Y LA FINCA N° 26 PADRÓN N° 281 DEL DISTRITO DE  ITAPÉ DEL DEPARTAMENTO GUAIRÁ.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Declárase de Interés Social y Exprópiase a favor del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT), para su posterior transferencia a favor de sus actuales ocupantes, los inmuebles individualizados como Finca N° 168 Padrón N° 54, Finca N° 169 Padrón N° 734, ubicadas en el Distrito de Villarrica y la Finca N° 26 Padrón N° 281 del Distrito de Itapé del Departamento Guairá”, cuyas dimensiones y linderos son:
DATOS TÉCNICOS: 
Finca Nº 168, Padrón Nº 54, Matrícula Nº E01/168, del Distrito de Villarrica, lugar denominado “Rosado”, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes: 
Línea  a-b: Con Rumbo S 5º 30’ W (Sur, cinco grados, treinta minutos, Oeste), mide 476.30 m. (cuatrocientos setenta y seis metros con treinta centímetros). Linda con Derechos de Enrique Emateguy, hoy Wilfrido de Jesús Dávalos.
Línea b-2: Con Rumbo N 90º E (Norte, noventa grados, Este), mide 200 m. (doscientos metros). Linda con Derechos de Enrique Emateguy, hoy Wilfrido de Jesús Dávalos.
Línea 2-3: Con Rumbo S 17º E (Sur, diecisiete grados, Este), mide 433 m. (cuatrocientos treinta y tres metros). Linda con Arroyo Arce o Caazapamí.
Línea 3-4: Con Rumbo S 40º 38’ W (Sur, cuarenta grados, treinta y ocho minutos, Oeste), mide 588.22 m. (quinientos ochenta y ocho metros con veintidós centímetros). Linda con Arroyo Arce o Caazapamí.
Línea 4-5: Con Rumbo S 61º W (Sur, sesenta y un grados, Oeste), mide 507,48 m. (quinientos siete metros con cuarenta y ocho centímetros). Linda con Arroyo Arce o Caazapamí.
Línea  5-6: Con Rumbo N 53º W (Norte, cincuenta y tres grados, Oeste), mide 433 m. (cuatrocientos treinta y tres metros). Linda con derechos fiscales.
Línea  6-7: Con Rumbo N 20º 45’ E (Norte, veinte grados, cuarenta y cinco minutos, Este), mide 1.437,56 m. (un mil cuatrocientos treinta y siete metros con cincuenta y seis centímetros). Linda con derechos de Báez.
Línea 7-a: Con Rumbo N 90º E (Norte, noventa grados, Este), mide 233 m. (doscientos treinta y tres metros). Linda con derechos de Báez, hoy Víctor Emateguy.
SUPERFICIE: 98 ha 5.179 m2 (NOVENTA Y OCHO HECTÁREAS CON CINCO MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS).
Coordenadas U.T.M:
PUNTO -3- E=554.444     N= 7.140.958
PUNTO -5- E=553.654     N= 7.140.236
PUNTO -6- E=553.297     N= 7.140.480
Finca Nº 26, Padrón Nº 281, Matrícula Nº E10/26, del Distrito de Itapé, lugar denominado “Rosado”, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes: 
Línea 6-C: Con Rumbo S 10º 51’ 58” W (Sur, diez grados, cincuenta y un minutos, cincuenta y ocho segundos, Oeste), mide 216,50 m. (doscientos dieciséis metros con cincuenta centímetros). Linda con derechos fiscales.
Línea C-5: Con Rumbo S 82º 55’ 39” E (Sur, ochenta y dos grados, cincuenta y cinco minutos, treinta y nueve segundos, Este), mide 389,79 m. (trescientos ochenta y nueve metros con setenta y nueve centímetros). Linda con Arroyo Arce.
Línea 5-6: Con Rumbo N 53º W (Norte, cincuenta y tres grados, Oeste), mide 433 m. (cuatrocientos treinta y tres metros). Linda con derechos del antiguo comprador.
SUPERFICIE: 4 ha 4.528 m2 (CUATRO HECTÁREAS CON CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO METROS CUADRADOS).
Coordenadas U.T.M:
PUNTO - C - E=553.267     N= 7.140.283
PUNTO - 5 - E=553.654     N= 7.140.236
PUNTO - 6 - E=553.297     N= 7.140.480
Finca Nº 169, Padrón Nº 734, Matrícula Nº E01/169, del Distrito de Villarrica, lugar denominado “Rosado”, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes: 
Línea 5-E: Con Rumbo N 90º E (Norte, noventa grados, Este), mide 95,26 m. (noventa y cinco metros con veintiséis centímetros). Linda con Arroyo Arce.
Línea E-F: Con Rumbo S 57º 54’ 26” E (Sur, cincuenta y siete grados, cincuenta y cuatro minutos, veintiséis segundos, Este), mide 65,82 m. (sesenta y cinco metros con ochenta y dos centímetros). Linda con derechos del antiguo comprador.
Línea F-5: Con Rumbo N 76º 57’ 48” E (Norte, setenta y seis grados, cincuenta y siete minutos, cuarenta y ocho segundos, Este), mide 155,01 m. (ciento cincuenta y cinco metros con un centímetro). Linda con derechos de María Duarte.
SUPERFICIE: 2.243 m2  868 cm2 (DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS).
Coordenadas U.T.M:
PUNTO -E- E=553.749     N= 7.140.236
PUNTO -5- E=553.654     N= 7.140.236
PUNTO -F- E=553.805     N= 7.140.201
SUPERFICIE TOTAL: 103 ha 1.950m2 868 cm2 (CIENTO TRES HECTÁREAS CON UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS CON OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- El Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT), realizará los trabajos técnicos correspondientes para determinar el Lote expropiado, y fraccionado otorgar a los actuales ocupantes. 
Artículo 3°.- El Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT), limitará la cantidad de tierra a 5 ha (cinco hectáreas), a cada ocupante que posee una extensión mayor de 5 ha (cinco hectáreas).
Artículo 4°.- El Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT) y los propietarios acordarán en un plazo no mayor a noventa días el precio de las Fincas a ser expropiadas. En caso de no haber acuerdo entre las partes, podrán recurrir al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a los efectos de la determinación judicial del precio. 
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los once días del mes de diciembre del año dos mil trece, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil catorce, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.

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