Descargar Archivo: LEY Nº 3.111 (112.22 KB)
LEY N° 3.111
QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2006, APROBADO POR LEY N° 2.869 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2005, MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA – INSTITUTO NACIONAL DEL INDÍGENA.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Administración Central - Tesoro Nacional y el Ministerio de Educación y Cultura, y de las Entidades Descentralizadas - Instituto Nacional del Indígena, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2006, por un monto total de G. 104.498.557 (Guaraníes ciento cuatro millones cuatrocientos noventa y ocho mil quinientos cincuenta y siete), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para la Administración Central y de las Entidades Descentralizadas, por la suma de G. 104.498.557 (Guaraníes ciento cuatro millones cuatrocientos noventa y ocho mil quinientos cincuenta y siete), que estará afectada al Presupuesto 2006 del Ministerio de Educación y Cultura y del Instituto Nacional del Indígena, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y detalles de la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario vigente, a las técnicas de programación de ingresos, gastos y financiamiento, al sólo efecto de la correcta registración, imputación y/o ejecución presupuestaria.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los doce días del mes de octubre del año dos mil seis, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil seis, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.