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LEY N° 3.078
QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2006, APROBADO POR LEY N° 2.869 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2005 – PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA - SECRETARÍA DEL AMBIENTE.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Administración Central - Presidencia de la República, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2006, por un monto total de G. 878.000.000 (guaraníes ochocientos setenta y ocho millones), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para la Administración Central, por la suma de G. 878.000.000 (guaraníes ochocientos setenta y ocho millones), que estará afectada al Presupuesto 2006 de la Presidencia de la República - Secretaría del Ambiente, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta ley.
Artículo 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación del Anexo adjunto a la presente Ley, de acuerdo al clasificador Presupuestario vigente y a las técnicas de programación de ingresos y gastos, al sólo efecto de la correcta imputación y ejecución presupuestaria.
Artículo 4°.- La ampliación presupuestaria autorizada por la presente disposición legal será en carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley N° 2.869/05.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los catorce días del mes de setiembre del año dos mil seis, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil seis, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.