Leyes Paraguayas

Ley Nツコ 2981 / CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA TERESA GARCIA VDA. DE BORDON



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LEY Nツー 2981
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA TERESA GARCIA VDA. DE BORDON
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artテュculo 1ツー.- Concテゥdese pensiテウn graciable de G. 1.500.000 (guaranテュes un millテウn quinientos mil) mensuales, a favor de la seテアora Teresa Garcテュa Vda. de Bordテウn.
Artテュculo 2ツー.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiテウn dispuesta en esta Ley serテ。n proveテュdos por la Direcciテウn General del Tesoro a la Direcciテウn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretarテュa de Estado de Administraciテウn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Cテウdigo Presupuestario vigente.
Artテュculo 3ツー.- La beneficiaria de esta pensiテウn graciable no podrテ。 acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artテュculo 4ツー.- Comunテュquese al Poder Ejecutivo.          
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cテ。mara de Senadores, a veintinueve dテュas del mes de mayo del aテアo dos mil seis, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cテ。mara de Diputados, a veintisiete dテュas del mes de julio del aテアo dos mil seis, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 204 de la Constituciテウn Nacional. 

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nツコ 00000002981






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