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LEY N° 2947
QUE RECONOCE AL INSTITUTO SUPERIOR “CENTURIA” COMO INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Reconócese al Instituto Superior “Centuria” como Institución de Educación Superior, que se regirá por la presente Ley, el Artículo 79 de la Constitución Nacional y las normas pertinentes.
Artículo 2°.- Facúltase al Instituto Superior “Centuria”, a implementar planes y programas de estudios en el campo de las Ciencias Empresariales y a expedir títulos de grado y maestría, de acuerdo a las carreras ofrecidas.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a dos días del mes de marzo del año dos mil seis, y por la Honorable Cámara de Senadores, a un día del mes de junio del año dos mil seis, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.