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LEY Nº 2863
QUE RECONOCE AL INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACION “DR. IGNACIO A. PANE”, COMO INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Reconócese al Instituto Superior de Educación “Dr. Ignacio A. Pane”, como una Institución de Educación Superior, que se regirá por la presente Ley, el Artículo 79 de la Constitución Nacional, y las normas pertinentes.
Artículo 2º.- Facúltase al Instituto Superior de Educación “Dr. Ignacio A. Pane”, a implementar planes y programas de estudios en el campo de la educación y a expedir títulos de grado y maestría, de acuerdo a las carreras ofrecidas.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a quince días del mes de setiembre del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a quince días del mes de diciembre del año dos mil cinco, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204, de la Constitución Nacional.