Leyes Paraguayas

Ley Nº 2847 / RECONOCE AL INSTITUTO “VIA PRO DESARROLLO”, COMO INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR



Descargar Archivo: Ley N° 2847 (44 KB)


LEY Nº 2847
QUE RECONOCE AL INSTITUTO “VIA PRO DESARROLLO”, COMO INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY 
Artículo 1°.- Reconócese al Instituto Superior de Educación “VIA PRO DESARROLLO”, creado por Decreto del Poder Ejecutivo N° 418 del 18 de setiembre de 1998, como una Institución de Educación Superior, que se regirá por la presente Ley, el Artículo 79 de la Constitución Nacional, y las normas pertinentes.
Artículo 2°.- Facúltase al Instituto Superior de Educación “VIA PRO DESARROLLO”, a desarrollar planes y programas educativos, extensión e investigaciones científicas en el campo de la gestión, administración y gerenciamiento de las instituciones públicas y privadas, y a expedir títulos de grado y maestría, de acuerdo a las carreras ofrecidas.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. 
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a quince días del mes de setiembre del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a un día del mes de diciembre del año dos mil cinco, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002847






De interes

¿Tienes alguna duda? ponte en contacto con nosotros