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LEY N° 2.798
QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2005, APROBADO POR LEY N° 2.530 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004, SEXTO DEPARTAMENTO CAAZAPÁ.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos del Tesoro Nacional, Tesoro Público y del Sexto Departamento Caazapá, por la suma de G. 773.983.095 (Guaraníes setecientos setenta y tres millones novecientos ochenta y tres mil noventa y cinco), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 2°.- Amplíase la programación de gastos del Tesoro Público y del Sexto Departamento Caazapá, por la suma de G. 773.983.095 (Guaraníes setecientos setenta y tres millones novecientos ochenta y tres mil noventa y cinco), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 3°.- Apruébase con carácter de excepción de lo dispuesto en el Artículo 26 de la Ley N° 2530/2004 “QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2005”.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a once días del mes de octubre del año dos mil cinco, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veinticinco días del mes de octubre del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.