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LEY N° 2934
QUE APRUEBA EL CONTRATO MODIFICATORIO N° 3 DEL 8 DE MARZO DE 2006 DEL CONTRATO DE PRESTAMO N° 1278/OC-PR ´PROGRAMA DE CORREDORES DE INTEGRACION DEL OCCIDENTE´ POR USD. 100.000.000 (DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CIEN MILLONES) CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), DEL 17 DE MARZO DE 2001, APROBADO POR LEY N° 1732 DEL 2 DE AGOSTO DE 2001, MODIFICADO POR EL CONTRATO MODIFICATORIO N° 1 DEL 14 DE JUNIO DE 2002 Y EL CONTRATO MODIFICATORIO N° 2 DEL 4 DE MARZO DE 2005, A CARGO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES (MOPC)
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Apruébase el “Contrato Modificatorio N° 3 del 8 de marzo de 2006 del Contrato de Préstamo N° 1278/OC-PR ´Programa de Corredores de Integración del Occidente´ por USD. 100.000.000 (dólares de los Estados Unidos de América cien millones) con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), del 17 de marzo de 2001, aprobado por Ley N° 1732 del 2 de agosto de 2001, modificado por el Contrato Modificatorio N° 1 del 14 de junio de 2002 y el Contrato Modificatorio N° 2 del 4 de marzo de 2005, a cargo del Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones (MOPC)”, cuyo texto se transcribe a continuación:
“1278/OC-PR
Modificación No. 3
CONTRATO MODIFICATORIO
entre la
REPUBLICA DEL PARAGUAY
y el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
Programa de Corredores de Integración del Occidente
CONTRATO MODIFICATORIO celebrado entre la REPUBLICA DEL PARAGUAY, en adelante denominada el “Prestatario”, y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, en adelante denominado el “Banco”.
ARTICULO PRIMERO
Se introducen las siguientes modificaciones en el Contrato de Préstamo N° 1278/OC-PR suscrito entre el Prestatario y el Banco, el 17 de marzo de 2001, y modificado el 14 de junio de 2002 y el 4 de marzo de 2005, en adelante denominado el “Contrato de Préstamo”:
1. Se agrega al Anexo A del Contrato de Préstamo un nuevo subcomponente bajo el Componente de Obras Civiles, que leerá así:
“(f) Mejoramiento de la Ruta 8
Bajo este Subcomponente se financiarán las obras básicas de terraplén y las obras de drenaje de la Ruta 8 en el tramo comprendido entre las localidades de Yuty y Coronel Bogado, localizadas en la Región Oriental del Paraguay.”
2. Se modifica el cuadro de costos del Anexo A del Contrato de Préstamo, que leerá así:
“III. Costo del Programa y plan de financiamiento
3.01 El costo estimado del Programa es el equivalente de US$ 190.000.000 (dólares de los Estados Unidos de América ciento noventa millones), según la siguiente distribución por categorías de inversión y por fuentes de financiamiento:
(en millones de US$)
(VER ADJUNTO PDF)
ARTICULO SEGUNDO
Las partes ratifican todas las demás disposiciones del Contrato de Préstamo, que se hallan en plena vigencia.
EN FE DE LO AQUI ESTABLECIDO, el Prestatario y el Banco, actuando cada uno por medio de su representante autorizado, suscriben este Contrato Modificatorio en 2 (dos) ejemplares de igual tenor, que se tendrá como válido desde el día en que haya firmado el representante del Prestatario, conforme consta al pie de su firma.
Fdo.: Por la República del Paraguay, Ernst Ferdinand Bergen Schmidt, Ministro de Hacienda, en fecha 13 de marzo de 2006.
Fdo.: Por el Banco Interamericano de Desarrollo, Luisa Rains, Gerente a.i. Departamento Regional de Operaciones 1, en fecha 29 de noviembre de 2005.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a cuatro días del mes de mayo del año dos mil seis, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a veinticinco días del mes de mayo del año dos mil seis, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Cosntitucion Nacional.