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LEY N° 1.669
QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2000, APROBADO POR LEY N° 1534 DEL 3 DE ENERO DE 2000 - Comisión Nacional de Telecomunicaciones
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), por la suma de G. 550.000.000 (quinientos cincuenta millones de guaraníes), conforme al siguiente detalle:
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), por la suma de G. 550.000.000 (quinientos cincuenta millones de guaraníes), que estará afectado al presupuesto 2000, conforme al siguiente detalle:
Artículo 3°.- Con carácter de excepción no se aplicará el Artículo 27 de la Ley N° 1534 del 3 de enero de 2000 "QUE APRUEBA LOS PROGRAMAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2000", para lo dispuesto en la presente ley.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veintiún días del mes de noviembre del año dos mil, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veintiún días del mes de diciembre del año dos mil, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.