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LEY N° 1419
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE FERNANDO DE LA MORA A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA), UN INMUEBLE ASIENTO DE LA ESCUELA GRADUADA N°. 515 "DEFENSORES DEL CHACO", UBICADO EN EL BARRIO ITA CAAGUY, DEL CITADO MUNICIPIO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Fernando de la Mora, a transferir a título gratuito a favor del Estado Paraguayo (Ministerio de Educación y Cultura), un inmueble individualizado como parte de la Finca N°. 2917, Cta. Cte. Ctral. N°. 27-0294-14, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo el No. 1 al folio 1 y siguientes del año 1974, destinado inicialmente para plaza y edificios públicos, asiento de la Escuela Graduada N°. 515 "Defensores del Chaco", ubicado en el Barrio Itá Caaguy del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: mide 45,49 m. (cuarenta y cinco metros con cuarenta y nueve centímetros), linda con calle pública; AL SUR: mide 50 m. (cincuenta metros), linda con propiedad privada; AL ESTE: mide 47,01 m. (cuarenta y siete metros con un centímetro), linda con calle pública; y, AL OESTE: mide 53,08 m. (cincuenta y tres metros con ocho centímetros), linda con propiedad privada.
SUPERFICIE: 2.366 ms2. (dos mil trescientos sesenta y seis metros cuadrados).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a siete días del mes de enero del año un mil novecientos noventa y nueve, y por la Honorable Cámara de Diputados, a ocho días del mes de abril del año un mil novecientos noventa y nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.