Leyes Paraguayas

Ley Nº 1428 / MODIFICA Y AMPLIA LA LEY No. 241 DEL 1 DE SETIEMBRE DE 1993 "QUE REGLAMENTA EL ARTICULO 233 DE LA CONSTITUCION NACIONAL



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LEY  N° 1428
QUE MODIFICA Y AMPLIA LA LEY No. 241 DEL 1 DE SETIEMBRE DE 1993 "QUE REGLAMENTA EL ARTICULO 233 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL"
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°- Sustitúyese el artículo 5° de la Ley No. 241 del 1 de setiembre de 1993, en los siguientes términos:
"Art. 5°.- En caso de ausencia del Presidente de la República, lo reemplazará el Vice-Presidente y, a la falta de éste, lo reemplazará en forma sucesiva, el Presidente del Senado, el Presidente de la Cámara de Diputados y el Presidente de la Corte Suprema de Justicia".
Artículo 2°.- Amplíase la Ley N° 241 del 1 de setiembre de 1993, con el siguiente artículo:
"Art. 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo".
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veintidós días del mes de abril del año un mil novecientos noventa y nueve, y por la Honorable Cámara de Diputados, a veintinueve días del mes de abril del año un mil novecientos noventa y nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000001428






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