Leyes Paraguayas

Ley Nº 3912 / AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN A ERIGIR MONOLITO Y BUSTOS, Y A TRASLADAR MONUMENTOS EN ESPACIO PÚBLICO DE LA CIUDAD.



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LEY N°  3.912
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN A ERIGIR MONOLITO Y BUSTOS, Y A TRASLADAR MONUMENTOS EN ESPACIO PÚBLICO DE LA CIUDAD.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de la ciudad de Asunción, a erigir monolito y bustos, y a trasladar monumentos en espacios públicos de la ciudad, conforme al siguiente detalle:
a. Colocación de un monolito y erección de un busto en homenaje a Augusto Roa Bastos, en el Paseo Cultural Iberoamérica.
b. Colocación de un monolito y erección de un busto en homenaje a Manuela Cañizares, en el Paseo La Libertad.
c. Colocación de un busto en homenaje a Francisco de Paula Santander, en el Paseo La Libertad.
d. Traslado del monumento del General José de San Martin, a la plaza ubicada sobre la Avenida Santa Teresa casi Avenida Madame Linch.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los trece días del mes de agosto del año dos mil nueve, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

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