Leyes Paraguayas

Ley Nº 3870 / AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA JUANA EMILIA CANO AQUINO



Descargar Archivo: LEY N° 3870 (56.42 KB)


LEY Nº 3870
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA JUANA EMILIA CANO AQUINO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Auméntase a G. 1.000.000 (Guaraníes un millón) mensuales, la pensión graciable concedida a favor de la señora Juana Emilia Cano Aquino, hija del extinto excombatiente de la Guerra del Chaco, Sargento Víctor Cano Peralta.
Artículo 2º.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3º.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4º.- Derógase la Ley Nº 2571 de fecha 6 de mayo de 2005.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada el proyecto de ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los veintidós días del mes de setiembre del año dos mil nueve, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 207 numeral 2) de la Constitución Nacional. 

De interes

¿Tienes alguna duda? ponte en contacto con nosotros