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âLEY NÂș 3795
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA JOVEN ESTELA CONCEPCION RODRIGUEZ ZARZA
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ArtĂculo 1Âș.- ConcĂ©dese pensiĂłn graciable de G. 700.000 (GuaranĂes setecientos mil) mensuales, a favor de la joven Estela ConcepciĂłn RodrĂguez Zarza, con Cedula de Identidad Civil NÂș 2.881.583.
ArtĂculo 2Âș.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiĂłn dispuesta en esta Ley, serĂĄn proveĂdos por la DirecciĂłn General del Tesoro a la DirecciĂłn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la SubsecretarĂa de Estado de AdministraciĂłn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al CĂłdigo Presupuestario vigente.
ArtĂculo 3Âș.- La beneficiaria de esta pensiĂłn graciable no podrĂĄ acogerse a otros beneficios jubilatorios.
ArtĂculo 4Âș.- ComunĂquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable CĂĄmara de Senadores, a dos dĂas del mes de abril del año dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, por la Honorable CĂĄmara de Diputados, a catorce dĂas del mes julio del año dos mil nueve, de conformidad a lo dispuesto en el ArtĂculo 204 de la ConstituciĂłn Nacional.-