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LEY NÂș 15/48
QUE CREA EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y TRABAJO
LA H. CĂMARA DE REPRESENTANTES DE LA NACIĂN PARAGUAYA, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
LEY:
Art. 1. - Créase el Ministerio de Justicia y Trabajo.
Art. 2. - El Poder Ejecutivo queda facultado a reglamentar las funciones de la nueva SecretarĂa de Estado.
Art. 3. - ComunĂquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de Sesiones de la H. CĂĄmara de Representantes de la NaciĂłn Paraguaya a los once dĂas del mes de agosto del año mil novecientos cuarenta y ocho.