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LEY Nº 7612
QUE AUTORIZA LA DESAFECTACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CAPIATÁ, A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIAS, EL INMUEBLE INDIVIDUALIZADO CON LA FINCA Nº 4.008, UBICADO EN EL DISTRITO DE CAPIATÁ, PARA ASIENTO DE LA ESCUELA BÁSICA PRIVADA SUBVENCIONADA MUNICIPAL N° 6438 SANTA LUCÍA.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.º Autorízase a la Municipalidad de Capiatá, a transferir a título gratuito a favor del Estado paraguayo - Ministerio de Educación y Ciencias, el inmueble individualizado con la Finca Nº 4.008, ubicado en el lugar denominado Compañía 17 Yataity, de la ciudad de Capiatá, del Departamento Central, para asiento de la Escuela Básica Privada Subvencionada Municipal N° 6438 “Santa Lucía”, cuyas dimensiones son las siguientes:
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Al Norte |
Con rumbo N-63° 35’ 10”-E (Norte, sesenta y tres grados, treinta y cinco minutos, diez segundos, Este), mide 13 m (trece metros) y linda con la Calle Primera hoy Carlos Miguel Giménez. |
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Al Sur |
Con rumbo S-63° 35’ 10”-W (Sur, sesenta y tres grados, treinta y cinco minutos, diez segundos, Oeste), mide 13 m (trece metros) y linda con la fracción municipal cedida al Obispado de San Lorenzo, asiento de la capilla Santa Lucía. |
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Al Este |
Con rumbo S-26° 25’ 2”-E (Sur, veintiséis grados, veinticinco minutos, dos segundos, Este), mide 35,60 m (treinta y cinco metros con sesenta centímetros) y linda con Lote 1, 2 y 3 de la Manzana IV. |
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Al Oeste |
Con rumbo N-26° 25’ 2”-W (Norte, veintiséis grados, veinticinco minutos, dos segundos, Oeste), mide 35,60 m (treinta y cinco metros con sesenta centímetros) y linda con resto de la Plaza y Edificios Públicos. |
Superficie: 462 m² 80 cm² (cuatrocientos sesenta y dos metros cuadrados, con ochenta centímetros cuadrados).
COORDENADAS
Vértice 1) 0.452.127,39
7.193.897,42
Vértice: 2) 0.452.180,60
7.193.923,85.
Los rumbos, longitudes y coordenadas mencionados corresponden al Sistema Universal Transversal del Mercador – UTM y el Datúm y Elipsoide el WGS84.
Artículo 2.º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil veinticinco, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución.
