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LEY N° 7570
QUE AUMENTA PENSIÓN GRACIABLE AL SEÑOR SALOMÓN BENÍTEZ GIMÉNEZ.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
Artículo 1°.- Auméntase la pensión graciable hasta el monto de un salario mínimo legal vigente de forma mensual, a favor del señor Salomón Benítez Giménez con cédula de identidad civil N° 929.361, policía herido en el cumplimiento de sus deberes y con secuelas graves.
Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en la presente ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, dependiente del Viceministerio de Administración Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 3°.- En caso que, el beneficiario de esta pensión graciable cuente con otras asignaciones en concepto de haberes previsionales o jubilatorios, deberá optar por una u otra, con suspensión de la remuneración no escogida por la misma.
Artículo 4°.- La pensión graciable será aumentada automáticamente conforme se reajuste el salario mínimo legal anualmente por Decreto Presidencial.
Artículo 5°.- Derógase la Ley N° 5979, de fecha 24 de noviembre de 2017.
Artículo 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el proyecto de ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veinticinco días del mes de junio del año dos mil veinticinco, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a catorce días del mes de octubre del año dos mil veinticinco, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 211 de la Constitución.
