Leyes Paraguayas

Ley Nº 7258 / QUE AUTORIZA AL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA, LA CESIÓN DEL LOTE FISCAL Nº 43-B, COLONIA LOMAS VALENTINAS DE LA CIUDAD DE VILLETA, DEPARTAMENTO CENTRAL, A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLETA, BAJO EL RÉGIMEN DE BIEN DEL PATRIMONIO CULTURAL NACIONAL.



Descargar Archivo: LEY 7258 (1.42 MB)


LEY Nº 7258
 
QUE AUTORIZA AL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA, LA CESIÓN DEL LOTE FISCAL Nº 43-B, COLONIA LOMAS VALENTINAS DE LA CIUDAD DE VILLETA, DEPARTAMENTO CENTRAL, A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLETA, BAJO EL RÉGIMEN DE BIEN DEL PATRIMONIO CULTURAL NACIONAL.
 
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
 
L E Y:
 
Artículo 1.º Autorízase al Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra, la cesión del Lote Fiscal Nº 43-B, Colonia Lomas Valentinas de la Ciudad de Villeta, Departamento Central, a favor de la Municipalidad de Villeta, bajo el régimen de Bien del Patrimonio Cultural Nacional, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
 
LADO 1-2: con rumbo N 89° 39’ 14” E (Norte, ochenta y nueve grados, treinta y nueve minutos, catorce segundos, Este), mide 213,74 m (doscientos trece metros con setenta y cuatro centímetros), linda con derechos particulares;
 
LADO 2-3: con rumbo S 2° 9’ 16” W (Sur, dos grados, nueve minutos, dieciséis segundos, Oeste), mide 70 m (setenta metros), linda con derechos particulares;
 
LADO 3-4: con rumbo S 88° 17’ 19” E (Sur, ochenta y ocho grados, diecisiete minutos, diecinueve segundos, Este), mide 16,22 m (dieciséis metros con veintidós centímetros), linda con derechos particulares;
 
LADO 4-5: con rumbo S 3° 48’ 19” W (Sur, tres grados, cuarenta y ocho minutos, diecinueve segundos, Oeste), mide 138,98 m (ciento treinta y ocho metros con noventa y ocho centímetros), linda con derechos particulares;
 
LADO 5-6: con rumbo S 84° 17’ 55” E (Sur, ochenta y cuatro grados, diecisiete minutos, cincuenta y cinco segundos, Este), mide 68,04 m (sesenta y ocho metros con cuatro centímetros), linda con derechos particulares;
 
LADO 6-7: con rumbo S 9° 45’ 9” W (Sur, nueve grados, cuarenta y cinco minutos, nueve segundos, Oeste), mide 84,08 m (ochenta y cuatro metros con ocho centímetros), linda con derechos particulares;
 
LADO 7-8: con rumbo S 87° 7’ 29” E (Sur, ochenta y siete grados, siete minutos, veintinueve segundos, Este), mide 37,06 m (treinta y siete metros con seis centímetros), linda con derechos particulares;
 
LADO 8-9: con rumbo S 8° 21’ 31” W (Sur, ocho grados, veintiún minutos, treinta y un segundos, Oeste), mide 85,83 m (ochenta y cinco metros con ochenta y tres centímetros), linda con derechos particulares;
 
LADO 9-10: con rumbo N 86° 18’ 19” W (Norte, ochenta y seis grados, dieciocho minutos, diecinueve segundos, Oeste), mide 44,37 m (cuarenta y cuatro metros con treinta y siete centímetros), linda con derechos particulares;
 
LADO 10-11: con rumbo S 5° 39’ 32” W (Sur, cinco grados, treinta y nueve minutos, treinta y dos segundos, Oeste), mide 82,88 m (ochenta y dos metros con ochenta y ocho centímetros), linda con derechos particulares;
 
LADO 11-12: con rumbo N 85° 18’ 54” W (Norte, ochenta y cinco grados, dieciocho minutos, cincuenta y cuatro segundos, Oeste), mide 278,83 m (doscientos setenta y ocho metros con ochenta y tres centímetros), linda con derechos particulares;
 
LADO 12-13: con rumbo N 4° 51’ 11” E (Norte, cuatro grados, cincuenta y un minutos, once segundos, Este), mide 82,35 m (ochenta y dos metros con treinta y cinco centímetros), linda con camino público;
 
LADO 13-14: con rumbo S 85° 44’ 48” E (Sur, ochenta y cinco grados, cuarenta y cuatro minutos, cuarenta y ocho segundos, Este), mide 100,31 m (cien metros con treinta y un centímetros), linda con derechos particulares;
 
LADO 14-15: con rumbo S 4° 51’ 50” W (Sur, cuatro grados, cincuenta y un minutos, cincuenta segundos, Oeste), mide 169,31 m (ciento sesenta y nueve metros con treinta y un centímetros), linda con derechos particulares;
 
LADO 15-16: con rumbo N 85° 36’ 15” W (Norte, ochenta y cinco grados, treinta y seis minutos, quince segundos, Oeste), mide 40,33 m (cuarenta metros con treinta y tres centímetros), linda con derechos particulares;
 
LADO 16-17: con rumbo N 27° 52’ 16” E (Norte, veintisiete grados, cincuenta y dos minutos, dieciséis segundos, Este), mide 15,41 m (quince metros con cuarenta y un centímetros), linda con derechos particulares;
 
LADO 17-18: con rumbo N 71° 16’ 31” W (Norte, setenta y un grados, dieciséis minutos, treinta y un segundos, Oeste), mide 32,11 m (treinta y dos metros con once centímetros), linda con derechos particulares;
 
LADO 18-19: con rumbo S 28° 58’ 50” W (Sur, veintiocho grados, cincuenta y ocho minutos, cincuenta segundos, Oeste), mide 9,50 m (nueve metros con cincuenta centímetros), linda con derechos particulares;
 
LADO 19-20: con rumbo S 88° 36’ 56” W (Sur, ochenta y ocho grados, treinta y seis minutos, cincuenta y seis segundos, Oeste), mide 31 m (treinta y un metros), linda con derechos particulares; y,
 
LADO 20-1: con rumbo N 3° 47’ 35” E (Norte, tres grados, cuarenta y siete minutos, treinta y cinco segundos, Este), mide 180,19 m (ciento ochenta metros con diecinueve centímetros), linda con camino público.
 
SUPERFICIE: 10 ha 3.148 m2 7.542 cm2 (DIEZ HECTÁREAS, TRES MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS CENTÍMETROS CUADRADOS).
 
PUNTO 1 E: 447832.00 – N: 7169575
PUNTO 12 E: 447798.00 – N: 7169133
 
Artículo 2.º El Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra, deberá realizar los trabajos técnicos necesarios para la titulación y posterior transferencia al Municipio de Villeta. La protección y mantenimiento del monumento de Itá Ybate, Lomas Valentinas, será responsabilidad del Municipio de Villeta.
 
Artículo 3.º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
 
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil veintitrés, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 207 numeral 1) de la Constitución Nacional.

De interes

¿Tienes alguna duda? ponte en contacto con nosotros