Leyes Paraguayas

Ley Nº 519 / DECLARA DE INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL (I.B.R.) LAS FINCAS Nºs. 1.248 Y 1.331, UBICADAS EN LA COLONIA COKUERÁ, DISTRITO DE CHORÉ, DEPARTAMENTO SAN PEDRO



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LEY N° 519

QUE DECLARA DE INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL (I.B.R.) LAS FINCAS Nºs. 1.248 Y 1.331, UBICADAS EN LA COLONIA COKUERÁ, DISTRITO DE CHORÉ, DEPARTAMENTO SAN PEDRO

EL CONGRESO DE LA NACION SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1º.- Decláranse de interés social y exprópianse a favor del Instituto de Bienestar Rural (I.B.R.) las Fincas Nºs. 1.248 y 1.331, ubicadas en la Colonia Cokuerá, Distrito de Choré, Departamento San Pedro.

Artículo 2º.- El Instituto de Bienestar Rural (I.B.R.) y los propietarios acordarán el precio de las fincas a ser expropiadas. En caso de no haber acuerdo, las partes podrán recurrir al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a los efectos de la determinación judicial del precio.

Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobada por la H. Cámara de Senadores el tres de noviembre del año un mil novecientos noventa y cuatro y por la H. Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el siete de diciembre del año un mil novecientos noventa y cuatro.

 

 


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