Leyes Paraguayas

Ley NÂș 979 / DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE FERNANDO DE LA MORA A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES, FRACCIONES DE TERRENO UBICADAS EN VILLA DEL SUR DEL CITADO MUNICIPIO



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LEY Nº 979

QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE FERNANDO DE LA MORA A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES, FRACCIONES DE TERRENO UBICADAS EN VILLA DEL SUR DEL CITADO MUNICIPIO

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1o.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Fernando de la Mora a transferir a título oneroso a favor de sus actuales ocupantes, dos fracciones de terreno parte de la Finca No. 20.330, individualizadas como Manzana No. 8, destinada inicialmente para plaza, con Cta. Cte. Ctral. N° 27-1.599-01, compuesta de los lotes Nos. 1-2-3-4-5-6-7 y 8; Manzana No. 9, destinada inicialmente para edificio público, con Cta. Cte. Ctral. 27-1.600-01, compuesta de los lotes Nos. 1-2-3-4-5-6-7-8 y 9, calle 9 y parte de la calle 8, ubicadas en Villa del Sur del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:

Línea 1 - 2: Con rumbo SW- 8° 05’ 49" (Suroeste, ocho grados, cinco minutos, cuarenta y nueve segundos), mide 110,82 ms. (ciento diez metros con ochenta y dos centímetros), linda con una calle denominada Callejón Histórico;

Línea 2 - 3: Con rumbo SE- 85° 38’ 43" (Sureste, ochenta y cinco grados, treinta y ocho minutos, cuarenta y tres segundos), mide 74,74 ms. (setenta y cuatro metros con setenta y cuatro centímetros), linda con la calle Saturio Ríos;

Línea 3 - 4: Con rumbo SW- 9° 07’ 34" (Suroeste, nueve grados, siete minutos, treinta y cuatro segundos), mide 65,88 ms. (sesenta y cinco metros con ochenta y ocho centímetros), linda con la calle 1o. de Marzo;

Línea 4 - 5: Con rumbo SW- 87° 15’ 54" (Suroeste, ochenta y siete grados, quince minutos, cincuenta y cuatro segundos), mide 57 ms. (cincuenta y siete metros), linda con la calle Elsa de Escalante;

Línea 5 - 6: Con rumbo NW- 9° 56’ 30" (Noroeste, nueve grados, cincuenta y seis minutos, treinta segundos), mide 80,92 ms. (ochenta metros con noventa y dos centímetros), linda con el cementerio del Sur;

Línea 6 - 7: Con rumbo NW- 23° 15’ 34" (Noroeste, veintitrés grados, quince minutos, treinta y cuatro segundos), mide 46,92 ms. (cuarenta y seis metros con noventa y dos centímetros), linda con el cementerio del Sur;

Línea 7 - 8: Con rumbo NW- 20° 06’ 28" (Noroeste, veinte grados, seis minutos, veintiocho segundos), mide 80,52 ms. (ochenta metros con cincuenta y dos centímetros), linda con el cementerio del Sur;

Línea 8 - 9: Con rumbo SE- 81° 40’ 04" (Sureste, ochenta y un grados, cuarenta minutos, cuatro segundos), mide 69,84 ms. (sesenta y nueve metros con ochenta y cuatro centímetros), linda con derechos particulares.

Superficie: 9.374,6.712 ms2. (nueve mil trescientos setenta y cuatro metros cuadrados con seis mil setecientos doce centímetros cuadrados), superficie del polígono deslindado.

Artículo 2o.- Lo obtenido por la Municipalidad por la venta de las fracciones de terreno mencionadas en el artículo anterior como parte de la Finca N° 20.330, será destinado exclusivamente al rubro de adquisición de otro inmueble para espacio verde o plaza.

Artículo 3o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobada por la Honorable Cámara de Diputados, a veintisiete días del mes de junio del año un mil novecientos noventa y seis, y por la Honorable Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a diez días del mes de octubre del año un mil novecientos noventa y seis.


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