Leyes Paraguayas

Ley Nº 150 / DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL SEÑOR ALFREDO STROESSNER, A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL (I.B.R.).



Descargar Archivo: Ley 150 (125.87 KB)


LEY N° 150

QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL SEÑOR ALFREDO STROESSNER, A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL (I.B.R.).

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1°.- Declárase de interés social y exprópiase un inmueble de 40 has. (cuarenta hectáreas), inscripto a nombre del Señor Alfredo Stroessner en la Dirección General de los Registros Públicos, como Finca No. 1.568 del Distrito de Hernandarias, Departamento de Alto Paraná, a favor del Instituto de Bienestar Rural, para su posterior adjudicación a los miembros de la Asociación de Agricultores "El Triunfo", ocupantes del citado inmueble.

Artículo 2°.- Procédase a indemnizar al propietario de la fracción expropiada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 109 de la Constitución Nacional. El Instituto de Bienestar Rural (IBR) y el propietario acordarán en un plazo de 90 (noventa) días el precio de la Finca expropiada. En caso de no haber acuerdo, las partes tienen 30 (treinta) días para recurrir al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, a los efectos de la determinación judicial del precio.

Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el cinco de noviembre del año un mil novecientos noventa y dos y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley el uno de abril del año un mil novecientos noventa y tres.


De interes

¿Tienes alguna duda? ponte en contacto con nosotros