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LEY N° 1.861
QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2001, APROBADO POR LEY N° 1661, DE FECHA 15 DE ENERO DE 2001,PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA – SECRETARÍA DE ACCIÓN SOCIAL.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Administración Central, Presidencia de la República - Secretaría de Acción Social, por la suma de G. 3.510.000.000 (Guaranies tres mil quinientos diez millones), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente ley.
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación de los gastos de la Administración Central, Presidencia de la República - Secretaría de Acción Social, por la suma de G. 3.510.000.000 (Guaraníes tres mil quinientos diez millones), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente ley.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil uno, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veinte días del mes de diciembre del año dos mil uno, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.