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LEY NÂș 3463
QUE DECLARA PATRIMONIO HISTORICO NACIONAL EL INMUEBLE LOCAL DE LA UNION PARAGUAYA DE VETERANOS DE LA GUERRA DEL CHACO, FILIAL LUQUE
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ArtĂculo 1°.- DeclĂĄrase Patrimonio HistĂłrico Nacional al inmueble local de la UniĂłn Paraguaya de Veteranos de la Guerra del Chaco, filial Luque, inscripta en la DirecciĂłn General de los Registros PĂșblicos como Finca N° 15088, con Cta. Cte. Ctral. N° 27-082-29, ubicada sobre la calle CapitĂĄn Bado entre Carlos Antonio LĂłpez y RodrĂguez de Francia, 3er. Barrio de la ciudad de Luque.
ArtĂculo 2°.- La GobernaciĂłn del Departamento Central y la Municipalidad de Luque, coordinarĂĄn sus planes, programas y proyectos, y preverĂĄn los rubros presupuestarios necesarios para proteger el Patrimonio HistĂłrico Nacional de dicha ciudad.
ArtĂculo 3°.- ComunĂquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable CĂĄmara de Senadores, a once dĂas del mes de octubre del año dos mil siete, quedando sancionado el mismo, por la Honorable CĂĄmara de Diputados, a veintisiete dĂas del mes de marzo del año dos mil ocho, de conformidad a lo dispuesto en el ArtĂculo 204, de la ConstituciĂłn Nacional.