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LEY N° 1786
QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2001, APROBADO POR LEY N° 1661 DE FECHA 15 DE ENERO DE 2001
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Administración Central, Ministerio de Agricultura y Ganadería, por la suma de G. 11.014.589.300 (GUARANIES ONCE MIL CATORCE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente ley.
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para la Administración Central por la suma de G. 11.014.589.300 (GUARANIES ONCE MIL CATORCE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS), que estará afectado al Presupuesto 2001 del Ministerio de Agricultura y Ganadería, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente ley.
Artículo 3°.- Autorízase la presente ampliación presupuestaria con carácter de excepción de lo establecido en el Artículo 8° de la Ley N° 1661 del 15 de enero de 2001.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores el seis de setiembre del año dos mil uno y por la Honorable Cámara de Diputados, el veinte de setiembre del año dos mil uno, quedando sancionado el mismo de conformidad al Artículo 204 de la Constitución Nacional